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martes, diciembre 3, 2024

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Bordet valoró extensión y ampliación de beneficios para la producción citrícola

A través de la resolución Nº 5009, dada a conocer este jueves, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió y amplió los beneficios contemplados en la Ley N° 27.569, que prorrogó por un año más la emergencia citrícola.

Una vez promulgada la Ley, el presidente Alberto Fernández publicó, el 5 de mayo de este año, el decreto N° 296. Allí se reglamentó la aplicación de la Emergencia para el sector. En ese marco, y dada la resolución Nº 5009 de la AFIP, que extiende los beneficios fijados en la norma, Bordet celebró “la unión de todos los sectores que, desde el Congreso hasta nuestro Presidente, permiten hoy a la citricultura contar con nuevas herramientas para hacer frente a la situación que atraviesa”.

En esa línea, el mandatario recordó que “junto a otros mandatarios y legisladores impulsamos en 2019 la declaración de Emergencia Citrícola que finalmente se aprobó y luego fue prorrogada en 2020”, y subrayó que “la escucha de los reclamos y el trabajo articulado entre el Estado y los productores es el camino para solucionar problemas y avanzar en el camino del trabajo y la producción”.

Por último, Bordet puso de relieve “la importancia que la citricultura tiene para Entre Ríos y muchas otras zonas del país”, ya que se trata de “una de las actividades que más mano de obra genera en nuestra provincia, pero además porque forma parte de nuestra cultura e identidad”, remarcó.

La norma tiene como destinatarios a quienes de acuerdo a su actividad declarada, participen como productores, empacadores, comercializadores, industrializadores, contratistas o viveristas en la cadena de producción de cítricos en las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy, Salta, Buenos Aires, Tucumán y Catamarca.

A través de este mecanismo que puso en funcionamiento la AFIP, las presentaciones de declaraciones juradas y el pago de los saldos resultantes por obligaciones impositivas y por las contribuciones a la seguridad social, al régimen de autónomos o al régimen de monotributistas, cuyo vencimiento operara entre el 20 de junio de 2019 y el 19 de junio de 2021, se considerarán cumplidas en término hasta el 31 de julio de 2021.

Además, se suspenden hasta el 19 de junio de 2021 las intimaciones por falta de presentación o pago de declaraciones juradas, la iniciación de juicios de ejecución fiscal, las trabas de nuevas medidas cautelares y el cobro de las sumas reclamadas en ellos.

Para acceder a los beneficios mencionados se deberá realizar una presentación digital en la AFIP hasta el 16 de julio de 2021, seleccionando el trámite “Ley de Emergencia – Cadena de producción de cítricos”.

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