El Banco Central aprobó el método de cálculo del Índice para contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional, establecido en el artículo 14 de la Ley 27.551, en su reunión semanal de directorio.
La ley establece que en el precio del alquiler sólo pueden realizarse ajustes anuales utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).
El índice fijado por el Banco Central “tendrá carácter diario y posibilitará el cálculo del ajuste cualquiera sea el día de inicio del contrato”, subrayó el organismo en un comunicado.
El Gobierno oficializó en junio la modificación al Código Civil y Comercial de la Nación para promulgar la regulación de alquileres que fue sancionada por el Congreso ese mes y este jueves el Banco Central oficializó el modelo de actualización del índice.
La nueva norma extiende los contratos de alquiler de dos a tres años y señala, además, que la actualización del valor deberá ser anual y ya no semestral, como ocurre actualmente con la mayoría de los alquileres en la ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense.
También amplía las garantías a presentar por el inquilino ante el locador, al contemplar tanto la garantía propietaria, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza o fiador solidario y el recibo de sueldo.
Si bien la Federación de Inquilinos Nacional celebró la Ley de alquileres, informes privados del sector inmobiliario advirtieron que, los precios en la Ciudad de Buenos Aires de un departamento de dos ambientes aceleraron su incremento y días después subieron 3,8%.